Indemnización por vestuario

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho al abono de indemnización por vestuario a todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que, por razón de servicio están a obligados a utilizar una vestimenta de paisano acorde con la naturaleza de ese servicio y la entidad de las situaciones y circunstancias que rodean el servicio. Más concretamente establece:

 

[…] SEXTO.- La respuesta a la cuestión de interés casacional.

Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que prestan servicios en destinos obligatorios del uniforme, eximidos del uso por exigencias reglamentarias tienen derecho a la compensación económica por razón de vestuario al igual que los policías destinados en servicios de vigilancia dinámica de personalidades […]

 

La sentencia tiene dos aspectos, uno positivo y otro negativo. El positivo  es que reconoce un derecho; el negativo es que de forma tácita podría estar limitando  la cuantía a lo que están cobrando los policías destinados en servicios de vigilancia dinámica de personalidades, es decir, unos 200 euros brutos al año.

En tu sede sindical tienes a tu disposición una instancia actualizada y ya con la sentencia del Tribunal Supremo, solicitando se reconozca el derecho a la compensación económica por razón de vestuario y se abone de la cantidad que corresponda por dicho concepto correspondiente a los meses que se ha venido prestando servicio de paisano, así como, aquellos que se devenguen con anteriores a la presentación de esta solicitud, con los intereses legales correspondientes.

El SUP tiene presentado un contencioso en el TSJ de Galicia sobre esta cuestión cuyo fallo se conocerá en breve.

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