Información jurídica sobre reclamacion complemento maternidad pensiones
Como bien sabéis, hasta hoy mismo, estuvimos tramitando instancias solicitando el incremento de pensión para los compañeros jubilados en virtud de una Sentencia del T.J.U.E. que equiparaba a los padres con las madres.
Como ya era previsible, y ante los recursos presentados, con varias sentencias estimatorias, el Gobierno ha decidido evitar las reclamaciones. Y lo ha hecho mediante el R. Decreto Ley 3/2021, de 2 de febrero, publicado en el BOE de hoy, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y Económico.
Se da una nueva regulación al art. 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y de la réplica en el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas (disposición adicional decimoctava).
Por consiguiente, sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica, por un complemento dirigido a la redución de la brecha de género en el que el número de hijos es el criterio objetivo que se utiliza para articular la medida, por cuanto su nacimiento y cuidado es la principal causa de la brecha de género.
Por lo tanto, todos aquellos compañeros que hayan iniciado el procedimiento con anterioridad a la entrada en vigor de este R.D. Ley, podrán continuar con su tramitación y acudir a la vía jurisdiccional. Los que no lo hayan hecho, perderán cualquier opción.
Se adjunta el mencionado R.D. Ley. Pinchar para acceder.
JOSÉ FREIRE
COORDINADOR GABINETE XURÍDICO